No se han resuelto todas las recusaciones. Este viernes no se podrá elegir legalmente director de CRQ
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Los consejeros directivos de CRQ no pueden nombrar como director a una persona que haya intervenido en su elección, por lo que el proceso debe seguir suspendido y no podrá llevarse a cabo este viernes a partir de las 8 a. m., a pesar del anuncio del actual director, José Manuel Cortés.
Según una recusación presentada en las últimas horas contra miembros del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, se conocieron documentos que muestran claramente la intervención de Jaider Arlés Lopera Soscué, Andrés Alberto Campuzano, Jhoan Sebastián Pulecio y Carlos Ariel Truque Ospina, candidatos a director general, en el proceso de elección de 6 miembros del Consejo Directivo, quienes serán precisamente los encargados de votar para la elección del nuevo director.
La anterior es una actuación en contra de la norma de «prohibición de nombrar a quien intervino en su elección», la cual fue establecida en la Sentencia de Unificación 2013-00006. La Procuraduría no ha evaluado este caso en el que los candidatos hicieron el proceso de elección de los consejeros que elegirá a uno de ellos como director, incurriendo en conflicto de intereses y clientelismo, la denominada “puerta giratoria”.
Lo que dice la Sentencia
2.1.1. El origen del Artículo 126 CP y sus cambios en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente. Esta disposición surgió durante la asamblea nacional Constituyente con el propósito claro de impedir que los servidores públicos nombren a quien intervino en su designación. Con ello se buscó evitar la transacción de cuotas personales como determinantes del acceso a los cargos de elección popular o vía acto electoral. La redacción original del artículo decía: «En ninguna elección o nombramiento podrán designarse personas que […] han participado en la elección o nombramiento de quienes deben hacer la designación».
En el Concepto 169061 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública, del 6 de mayo de 2022 (REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Consejo Directivo. Servidor Público), reza: “La enmienda del artículo 126 de la Constitución obedeció a la necesidad de hacer explícita la prohibición para que el servidor público nombrara o postulara a quien hubiera intervenido en su designación o postulación. Su finalidad era impedir el intercambio de favores entre servidores públicos, así como efectivizar la transparencia para la postulación y elección de los funcionarios del Estado”.
“En las gacetas quedó consignado ese doble propósito. Por una parte, imposibilitar que los servidores públicos desempeñen sus funciones al servicio de intereses electorales personales. Por otra parte, evitar que los funcionarios que participaron en la elección de un servidor público puedan, a su vez, ser elegidos o nominados para otro cargo público por el funcionario que ellos mismos ayudaron a elegir. Ambas finalidades buscan garantizar la transparencia en el servicio público y evitar conductas tan lesivas como el tráfico de favores”.
Faltan recusaciones
La Procuraduría resolvió una recusación, pero aún no la que fue presentada el 3 de diciembre por el abogado Diego Felipe Urrea Vanegas, candidato a director, en la que se plantean varios interrogantes que no han sido resueltos. “Se espera que el Consejo Directivo trámite conforme a la ley la recusación presentada que es de la mayor gravedad pues no quieren enviar a la Procuraduría las recusaciones presentadas por los ciudadanos y candidatos a la dirección, por tal motivo si se realiza la elección esta sería ilegal”, dijo Urrea.
Ante medios de comunicación, líderes como Viviana Viera y Néstor Ocampo del movimiento ambiental del Quindío se han unido para hacer la campaña no más DesCARo, que propende por eliminar la corrupción y politiquería en la autoridad ambiental: “Organizaciones ambientales estamos preocupadas por que se retome el proceso de elección del cargo de director de la CRQ sin una nueva convocatoria ni garantías de transparencia y acceso público a la información”, señaló.
“Se viene una de las movilizaciones más importantes de este año… Vamos a realizar un plantón artístico y pedagógico contundente”. ¿La CRQ se apega a la ley o pasa por encima de ella? Si se apega a ella no podrá realizar el viernes 8 de diciembre a partir de las 8 a. m. la elección, pues estaría viciada, dado que aún no responden la nueva recusación, presentada el 3 de diciembre contra miembros del consejo directivo de la CRQ ni las recusaciones de otros ciudadanos, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011. Las movilizaciones y expresiones ciudadanas rechazando el clientelismo en la CRQ no se hacen esperar y cada día son más.
GS Oliver
Comunicador social – periodista